Artículo 763 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
El ejecutado tiene tres días después de ser notificado del mandamiento de ejecución para presentar una oposición escrita, alegando motivos como incompetencia del tribunal, falta de legitimación de las partes, defectos en el título ejecutivo, pago de la obligación, exceso en la cantidad demandada, prescripción de la pretensión o la existencia de una transacción entre las partes. Estos son los únicos motivos válidos que puede invocar para impugnar el proceso de ejecución.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Oposición a la ejecución. Motivos. Si el ejecutado compareciere en los tres (3) días siguientes a la notificación del mandamiento de ejecución podrá formular, mediante escrito, oposición a la ejecución alegando alguno de los siguientes motivos:
Falta de competencia del tribunal ante quien se insta la ejecución.Falta del carácter, representación o legitimación del ejecutante o del ejecutado.Falta de requisitos legales en el título.Pago o cumplimiento de la obligación, justificadoPluspetición.Prescripción o caducidad de la pretensión de ejecución.Transacción o acuerdo de las partes, siempre que conste en documento público.