Artículo 913 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Los juicios declarativos que estaban en primera instancia cuando entra en vigencia este Código continuarán bajo las reglas procesales anteriores hasta que se dicte sentencia o auto que termine esa instancia. Una vez se pronuncie esa resolución, las nuevas reglas de este Código se aplicarán a partir de ese momento.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Juicios en primera instancia. Los juicios declarativos que se encontraren en primera instancia al entrar en vigencia este Código, se continuarán tramitando hasta que recaiga sentencia o auto que le ponga fin a dicha instancia de conformidad a la legislación procesal civil anterior, y a partir de la fecha de esas resoluciones se aplicará el presente Código.