Artículo 915 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Los juicios especiales que estaban en curso cuando entró en vigencia el nuevo Código de Procedimiento continuarán tramitándose bajo las reglas del código anterior hasta que se dicte la sentencia o resolución final. Una vez que se emita esa sentencia o resolución, todas las actuaciones posteriores se regirán conforme al nuevo Código de Procedimiento.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Juicios especiales. Los juicios especiales pendientes al entrar en vigencia el presente Código, se seguirán tramitando conforme al Código procesal anterior, y a partir de la sentencia o resolución, se aplicará el presente Código.