Artículo 135 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

Los órganos jurisdiccionales tienen la facultad de solicitar el apoyo de la fuerza pública para garantizar el cumplimiento de sus órdenes y resoluciones durante el ejercicio de sus funciones. Esto significa que los jueces pueden adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas sus decisiones, incluyendo el uso de la coerción cuando sea requerido. Esta potestad asegura que las resoluciones judiciales se ejecuten adecuadamente y no queden incumplidas.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Poder coercitivo. En el ejercicio de sus funciones, el órgano jurisdiccional, podrá requerir la intervención de la fuerza pública y adoptar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de los actos y resoluciones que ordene.