Artículo 144 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

Las resoluciones judiciales se consideran firmes cuando ya no es posible interponer ningún recurso en su contra o cuando las partes aceptan la decisión sin impugnarla. Una vez que una resolución adquiere este carácter de firmeza, se convierte en definitiva y vinculante para las partes involucradas en el proceso.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Resoluciones firmes. Las resoluciones judiciales adquirirán el carácter de firmes, cuando no sea procedente la interposición de recurso alguno, contra las mismas o fueren consentidas por las partes.