Artículo 246 del Código Procesal Penal de Honduras
En palabras simples
Durante la investigación preliminar, el fiscal puede ordenar pericias, pero estas solo pueden presentarse en el juicio mediante lectura si se han cumplido con los requisitos de anticipo de prueba bajo supervisión del tribunal. El tribunal y las partes mantienen el derecho de exigir que el perito declare oralmente durante el debate, independientemente de que su peritaje haya sido leído anteriormente.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Pericia en la investigación preliminar. El fiscal podrá ordenar pericias durante la investigación preliminar, pero solo podrán incorporarse por lectura al debate si se hubieren seguido las reglas sobre el anticipo de prueba, bajo control jurisdiccional y quedando a salvo la posibilidad que tiene el tribunal, el Ministerio Público y las partes de exigir la declaración del perito durante el debate.