Artículo 321 del Código Procesal Penal de Honduras
En palabras simples
Durante el juicio, el fiscal o acusador privado puede ampliar o modificar oralmente la acusación si descubre circunstancias o hechos relacionados con el delito que no fueron mencionados en la acusación inicial y que podrían cambiar la calificación legal o la pena. Cuando esta ampliación requiere nuevas pruebas, cualquier parte puede solicitar suspender el juicio, y el acusado tiene derecho a ampliar su declaración y el defensor a preparar la defensa. Los simples errores materiales o circunstancias que no modifiquen esencialmente la acusación no se consideran ampliación, y los hechos nuevos e independientes que constituyan delito deben investigarse y enjuiciarse en procedimientos separados.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Ampliación de acusación. Si durante el juicio se tienen noticias de circunstancias o hechos, relacionados con el hecho objeto del juicio, que no hayan sido mencionados en la acusación y que puedan modificar la calificación legal o la pena del delito, el fiscal o el acusador privado podrá modificar su calificación o ampliar oralmente la acusación para que aquellos sean considerados durante el debate.
Si las circunstancias o hechos señalados en la ampliación exigen nuevos elementos de prueba, cualquiera de las partes podrá pedir la suspensión del juicio y el imputado, por su parte, tendrá derecho a pedir se amplíe su declaración.
Aun no siendo necesaria la práctica de prueba, el defensor del acusado podrá solicitar igualmente la suspensión del juicio por el tiempo preciso, para preparar la defensa frente a la ampliación de la acusación.
La corrección de simples errores materiales, o la inclusión de alguna circunstancia que no modifique esencialmente la imputación ni afecte el derecho de defensa, no tendrán el carácter de ampliación.
En caso de descubrimiento de hechos nuevos, independientes, conexos o no con el hecho objeto del juicio que puedan constituir delito, se abrirá un procedimiento diferente para su investigación y enjuiciamiento separados.