Artículo 349 del Código Procesal Penal de Honduras
En palabras simples
Cuando varios imputados participan en un proceso, el recurso presentado por uno de ellos beneficia a los demás si están en la misma situación y les aplican los mismos motivos. La presentación de un recurso no detiene la ejecución de la resolución impugnada, a menos que la ley establezca lo contrario.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Efectos. Cuando en un proceso participen varios imputados, el recurso interpuesto en interés de uno de ellos, favorecerá a los demás, siempre que se encuentren en la misma situación que el recurrente y le sean aplicables los mismos motivos alegados por este.
La interposición de un recurso, no impedirá la ejecución de la resolución impugnada, salvo si la ley dispone otra cosa.