Artículo 402-B del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

El Ministerio Público debe realizar investigaciones para verificar la información que proporciona un colaborador, pudiendo ordenar a la Policía Nacional que realice las indagaciones necesarias e informe al fiscal. Durante este proceso de verificación, el fiscal está obligado a adoptar medidas que protejan la seguridad personal del colaborador.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Diligencias previas a la celebración del acuerdo. Como consecuencia de las entrevistas que lleve a cabo, el Ministerio Público dispondrá los actos de investigación necesarios para corroborar la información proporcionada, pudiendo ordenar a la Policía Nacional de Honduras que realice las pesquisas previas y rinda un informe al fiscal que la ordenó. Mientras se corrobore la información que ha sido proporcionada, el fiscal deberá tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad personal del colaborador.