Artículo 407 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

El artículo permite que una persona solicite al Ministerio Público que realice investigaciones preliminares cuando necesita presentar una querella pero no puede identificar al acusado, determinar su domicilio o establecer claramente los hechos del delito. De esta manera, el Ministerio Público llevará a cabo las diligencias necesarias para que posteriormente se pueda interponer la querella con los elementos suficientes.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Investigación preparatoria para intentar una querella. Cuando para intentar una querella sea imprescindible llevar a cabo una investigación preliminar por no haber sido posible identificar al querellado o determinar su domicilio o residencia, o cuando sea necesario establecer en forma clara y precisa el hecho punible, el interesado le solicitará al Ministerio Público que haga las investigaciones correspondientes para, oportunamente, intentar la querella respectiva.