Artículo 433 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

La demanda en materia civil debe dirigirse contra los condenados en el proceso penal, contra quienes la ley penal señale como responsables civiles, o contra terceros que por ley o contrato sean responsables civiles por los hechos conocidos en el proceso. Esta disposición establece quiénes pueden ser demandados en la acción civil que surge de un proceso penal.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Demanda. La demanda deberá ser dirigida contra los condenados, contra los responsables civilmente según lo dispuesto en el Código Penal o contra los terceros que, por previsión legal o relación contractual, son responsables civilmente como consecuencia de la conducta de que se conoció en el respectivo proceso.