Artículo 445 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

Los delitos se clasifican en graves y menos graves según la pena que establecen. Son delitos graves aquellos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, o con multa que exceda treinta mil lempiras, mientras que los delitos menos graves son los cuya pena no sobrepasa los cinco años de prisión. Esta clasificación es fundamental en el derecho penal hondureño para determinar la gravedad del ilícito y aplicar las consecuencias legales correspondientes.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Clasificación de los delitos. Para efectos penales, se considerarán delitos graves los que estén sancionados con una pena mayor, entendiéndose por tal la que exceda de cinco (5) años; y delitos menos graves, aquellos otros cuya pena no exceda de cinco (5) años. Si la pena a aplicar es una multa,se considerarán delitos graves los sancionados con multa que exceda de treinta mil lempiras (L30,000.00).