Artículo 123 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Los niños tienen derecho a acceder a seguridad social y educación, así como a crecer y desarrollarse en buena salud con cuidados especiales desde antes del nacimiento. El Estado debe garantizar tanto al niño como a su madre alimentación, vivienda, educación, recreo, deportes y servicios médicos adecuados para su bienestar integral.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Todo niño deberá gozar de los beneficios de la seguridad social y la educación.

Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, para lo cual deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales desde el período prenatal, teniendo derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, educación, recreo, deportes y servicios médicos adecuados.