Artículo 148 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Estado crea el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia como una entidad encargada de trabajar en la prevención de estos problemas de salud pública. Este instituto funcionará de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en una ley especial que regulará su organización, competencias y funcionamiento.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Créase el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia, el que se regirá por una ley especial.