Artículo 198 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Para ser elegido diputado en Honduras se requiere ser hondureño de nacimiento, tener al menos 21 años de edad, gozar de derechos ciudadanos plenos y ser civil. Además, el candidato debe haber nacido en el departamento por el cual se postula o haber residido allí de forma continua durante los cinco años anteriores a la convocatoria electoral.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Para ser elegido diputado se requiere:

Ser hondureño por nacimiento;Haber cumplido veintiún (21) años de edad;Estar en el ejercicio de los derechos ciudadanos;Ser del estado seglar; y,Haber nacido en el departamento por el cual se postula o haber residido en él por lo menos los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de convocatoria a elecciones.