Artículo 231 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Estado tiene la obligación de proporcionar los recursos financieros necesarios para que la Procuraduría General de la República funcione correctamente y esté bien organizada. Además, todos los organismos públicos deben colaborar y cooperar con el Procurador General en el ejercicio de sus funciones, según lo establecido por la ley.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El Estado asignará los fondos que sean necesarios para la adecuada organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la República.
Todos los organismos de la Administración Pública colaborarán con el procurador general de la República en el cumplimiento de sus atribuciones en la forma que la ley determine.