Artículo 26 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Los hondureños que obtuvieron su nacionalidad por naturalización tienen prohibido ejercer funciones públicas en representación de Honduras dentro de su país de origen. Esta restricción busca evitar conflictos de interés y mantener la independencia en las relaciones diplomáticas y consulares de Honduras.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Ningún hondureño naturalizado podrá desempeñar, en su país de origen, funciones oficiales en representación de Honduras.