Artículo 270 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
La ley es la encargada de determinar cuáles contratos que celebren las instituciones descentralizadas deben someterse obligatoriamente a un proceso de licitación pública. De esta forma se garantiza que la contratación de estas instituciones sea transparente y competitiva, permitiendo que diversos proveedores participen en igualdad de condiciones.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La ley señalará los contratos que deben ser sometidos a licitación pública por las instituciones descentralizadas.