Artículo 283 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es el órgano técnico superior responsable de asesorar, planificar, coordinar y supervisar las operaciones militares, actuando bajo la dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional. Sus funciones específicas están definidas en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, es el órgano superior técnico de asesoramiento, planificación, coordinación y supervisión, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y tendrá las funciones consignadas en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas.