Artículo 284 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El territorio hondureño se divide en regiones militares bajo el mando de jefes de región para garantizar la defensa y seguridad nacional. La estructura y operación de estas regiones se rigen según lo establecido en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Por razones de defensa y seguridad nacional, el territorio de la República se dividirá en regiones militares, que estarán a cargo de un jefe de región militar, su organización y funcionamiento será conforme a lo dispuesto en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas.