Artículo 295 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Distrito Central está constituido por un único municipio que resulta de la unión de los antiguos municipios de Tegucigalpa y Comayagüela. Esta disposición integra administrativamente dos entidades que históricamente funcionaban de forma separada en una sola estructura municipal.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El Distrito Central lo forman en un solo municipio los antiguos de Tegucigalpa y Comayagüela.