Artículo 296 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
Las municipalidades serán organizadas y funcionarán conforme a lo que establezca la ley, la cual también determinará cómo se estructuran y operan estas instituciones locales. Asimismo, la ley fijará los requisitos necesarios que deben cumplir las personas que deseen desempeñarse como funcionarios o empleados municipales.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La ley establecerá la organización y funcionamiento de las municipalidades y los requisitos para ser funcionario o empleado municipal.