Artículo 43 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

La calidad de ciudadano se recupera cuando existe un sobreseimiento definitivo confirmado, cuando se dicta una sentencia absolutoria que queda firme, cuando se concede amnistía o indulto, o cuando la persona ha cumplido completamente su pena. Estos cuatro supuestos permiten que una persona que perdió sus derechos ciudadanos vuelva a ejercerlos plenamente ante la ley.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La calidad de ciudadano se restablece:

Por sobreseimiento definitivo confirmado;Por sentencia firme absolutoria;Por amnistía o por indulto; y,Por cumplimiento de la pena.