Artículo 43-A del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El Registro Nacional de las Personas es una institución autónoma de seguridad nacional con independencia técnica y presupuestaria, cuya ley constitutiva requiere aprobación de dos terceras partes del Congreso Nacional. Esta institución es administrada por una Comisión Permanente de tres comisionados propietarios y dos suplentes, elegidos por dos terceras partes del Congreso para períodos de cinco años, siendo el presidente rotativo anualmente entre los miembros. Los comisionados deben cumplir con los mismos requisitos e inhabilidades exigidos para los secretarios de Estado.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

El Registro Nacional de las Personas es una institución autónoma, de seguridad nacional, técnica estratégica, con personalidad jurídica, con independencia técnica, presupuestaria y financiera, tiene su domicilio en la capital de la República, con competencia y jurisdicción nacional. La ley del Registro Nacional de las Personas fijará, todo lo relativo a su estructuración y funcionamiento, dicha ley debe ser aprobada, reformada o derogada con el voto de al menos dos terceras partes de la totalidad de los diputados del Congreso Nacional.

El Registro Nacional de las Personas será administrado por una Comisión Permanente, que estará integrada por tres (3) comisionados propietarios y dos (2) suplentes, que sustituirán a los propietarios en sus ausencias, electos por las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional y ejercerán sus cargos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos. Los comisionados propietarios elegirán en su primera sesión, entre ellos, al presidente y el orden de rotación de la presidencia, por un período de un año. Ningún comisionado repetirá en la presidencia hasta que los demás la hubiesen ejercido.

Los requisitos en inhabilidades establecidas para los secretarios de Estado, se aplican para ser Comisionado del Registro Nacional de las Personas.