Artículo 59 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

La persona humana es el objetivo principal de la sociedad y el Estado, por lo que todos están obligados a respetarla y protegerla, considerando que su dignidad es inviolable. Para garantizar el cumplimiento de los derechos y libertades constitucionales, se crea la institución del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, cuya organización, prerrogativas y atribuciones serán reguladas por una ley especial.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla.

La dignidad del ser humano es inviolable.

Para garantizar los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución, créase la institución del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos.

La organización, prerrogativas y atribuciones del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, será objeto de una ley especial.