Artículo 64 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

El Estado no puede aplicar ninguna ley o disposición que debilite, limite o distorsione los derechos y garantías reconocidos en la Constitución. Este artículo protege la integridad de los derechos constitucionales impidiendo que normas inferiores los modifiquen negativamente o los interpreten de forma contraria a su propósito original.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

No se aplicarán leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden, que regulen el ejercicio de las declaraciones, derechos y garantías establecidas en esta Constitución, si los disminuyen, restringen o tergiversan.