Artículo 93 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
La persona imputada en un proceso penal puede evitar su encarcelamiento mediante el pago de una caución o garantía económica suficiente, incluso cuando ya existe una orden de prisión en su contra. Esta medida se aplica siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la ley y demuestre que la caución es adecuada para asegurar su comparecencia en el proceso.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Aun con auto de prisión, ninguna persona puede ser llevada a la cárcel ni detenida en ella, si otorga caución suficiente, de conformidad con la ley.