Diario oficial · 2026
La Gaceta N° 37,246 de Honduras
Esta edición trae reforma a Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias y Autorización de Donación de Equipos Oftalmológicos a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.
Actualizaciones legales de esta Gaceta
Cada ficha explica un cambio publicado en este número y enlaza la ley vigente. Si buscas el articulado completo, abre el documento de esa ley — no esta edición.
- ReformaReforma a Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias
El Decreto 167-2026 reforma sustancialmente la Ley Especial de Retorno publicada en mayo de 2026. Los cambios responden a una necesidad de claridad administrativa y eficiencia fiscal. En primer término, amplía la definición de beneficiarios: no solo retornados por deportación o salida voluntaria, sino también migrantes cuyo estatus haya vencido, y extiende el círculo familiar más allá del cónyuge e hijos a cualquier persona del cuarto grado de consanguinidad o segundo por afinidad que sea dependiente conviviente. La redefinición de menaje de casa, implementos de trabajo, vehículos particular y de trabajo se hace más operativa. El régimen de exenciones tributarias queda recalibrado: cada grupo familiar puede importar un vehículo de uso particular y otro de trabajo, ambos con exención total de aranceles, Impuesto sobre Ventas y la Tasa Única Anual Vehicular (incluyendo la tasa municipal). Se condicionan estas exenciones a que el vehículo sea propio, esté en condiciones de funcionamiento, cumpla requisitos técnicos y de tránsito, y no sea enajenado durante doce meses desde la nacionalización. Crea la Ventanilla Única del Retorno (VUR), instancia interinstitucional que integra la Administración Aduanera de Honduras, la Secretaría de Finanzas, el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de Desarrollo Social, el Instituto de la Propiedad y la Secretaría de Relaciones Exteriores. La VUR tramita en forma electrónica la Declaración Jurada de Domicilio, el registro de la Declaración Única Centroamericana (DUCA) y el registro vehicular. Los plazo para acogerse son doce meses desde el retorno para menaje y doce meses desde el ingreso al país para implementos; no se permite el goce más de una vez. El Instituto de la Propiedad anota de oficio la inalienabilidad preventiva del vehículo por doce meses; transcurrido ese plazo,…
Ley relacionada: Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias
Leyes relacionadas con esta edición
Preguntas frecuentes sobre La Gaceta N° 37,246
¿Qué es La Gaceta N° 37,246 de Honduras?+
Es la edición N° 37,246 del diario oficial de Honduras. En esta página está el PDF de esa Gaceta y las actualizaciones legales que identificamos en ese número. En esta edición se tocan: Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias.
¿Qué reformas o leyes se publicaron en La Gaceta 37,246?+
Hay 1 actualización legal ligada a esta Gaceta. Cada ficha explica el cambio y enlaza la ley vigente. Ver todas las actualizaciones →
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